El seguro es un contrato por el que la compañía se ordena, a través de el cobro de una prima por el acontecimiento cuyo peligro se cubre, a resarcir los daños ocasionados al asegurado, en los límites pactados, o al pago de capital, asegurar una renta. u otros provecho pactados.
El contrato de seguro es un contrato por el que el asegurador (aseguradora), a través de el cobro de una prima y en el caso de ocurrencia del siniestro cuyo peligro cubre, se ordena a indemnizar el daño, en los límites pactados. . ocasionar al asegurado o para agradar el capital, la renta u otras posibilidades pactadas.
Esta es la definición del contrato de seguramente hace la Ley 50/1980, de 8 de octubre, sobre Contrato de Seguro (BOE 250/1980, de 17 de octubre de 1980).
Qué es un contrato de seguro.
El contrato de seguro es un contrato bilateral, en el que entre las partes, el asegurador, acepta el peligro de quien toma el seguro. La compañía de seguros responde, es lo que un individuo afirma que tiende a estar cubierto por un contrato de seguro.
En el contrato de seguro, el tomador del seguro contrata con el asegurador a fin de que este admita las secuelas civiles y patrimoniales de los peligros a los que se muestra en una cierta actividad, de manera que, si el peligro se materializa, el asegurador es quien se encarga de. las condiciones pactadas en el contrato.
Contrato de seguro
Se comprende por contrato de seguro el acuerdo que existe entre el asegurador y el asegurado, que representa la obligación del asegurador de abonar una indemnización si sucede un acontecimiento preciso en el contrato. Este contrato asimismo señala las obligaciones del asegurado de abonar la prima a lo largo del período fijado.
Según la Ley 50/1980, de 8 de octubre, sobre Contrato de Seguro, que se hace cargo de regular las obligaciones y derechos del asegurado y del asegurador, se define del siguiente modo: «El contrato es de seguro con quien se hace el contrato. el asegurador se ordena, a través de el cobro de una prima y en el caso de ocurrencia del siniestro cuyo peligro es objeto de la cobertura, a indemnizar el daño provocado al asegurado en los límites pactados o al pago de capital, renta u otras posibilidades pactadas.
Géneros de seguros laborales
Como comentábamos antes, los seguros tienen la posibilidad de accionar de distintas formas en dependencia del acontecimiento y de lo ocurrido. Por este motivo, nos elaboramos para argumentar y contestar todas y cada una de las inquietudes sobre las clases de seguros laborales. Las clases de seguros de empleo son:
- Seguro de salud
- Seguro de vida
- Seguro de invalidez
- Seguro de accidentes
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